Transparencia

TRANSPARENCIA

En el marco de la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, establecido mediante Decreto Supremo Nª 29894, de 07 de Febrero de 2009, se creó en el Ministerio de Gobierno, la Unidad de Transparencia. Las Funciones de esta Unidad se encuentran enmarcadas en el Art. 125 del Decreto Supremo Nº 29894, siendo estas las de establecer mecanismos para transparentar la gestión pública del Ministerio de Gobierno, garantizar el Acceso a la Información, promover la ética de los servidores públicos, implementar el Control Social establecido en la Constitución Política del Estado y velar porque se cumpla con la Rendición Pública de Cuentas. Entre las atribuciones de la Unidad de Transparencia, se tiene además la recepción de denuncias sobre hechos de corrupción y la tramitación de las mismas a objeto de valorar su pertinencia y remitirlas ante la autoridad correspondiente si el caso así lo amerita.

NORMATIVA.

1. Constitución Política del Estado (Transparencia).
2. Decreto Supremo No. 0214 Política Nacional de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de 22 de Julio 2009.
3. Decreto Supremo No. 28168 Acceso a la Información de 16 de Mayo de 2009.
4. Decreto Supremo No. 29894 del 7 de Febrero de 2009.
5. Reglamento de la Unidad de Transparencia.
6. Ley Nº004 de 31 de marzo de 2010, Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “MARCELO QUIROGA SANTA CRUZ”.
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ACCESO A LA INFORMACION.

Siendo un derecho fundamental de las personas conocer el manejo de la cosa pública respecto el destino y uso de los recursos públicos, es prioridad de este Gobierno profundizar los mecanismos de transparencia en la administración pública y por ende fortalecer el derecho de acceder a la información en todas las actividades de las entidades Públicas del Estado, consagrando el principio general de publicación de los actos de gobierno. En este entendido la Unidad de Transparencia del Ministerio de Gobierno, promoverá mecanismos de transparencia en la gestión pública de este Ministerio para que los actores, organizaciones sociales y sociedad en su conjunto puedan solicitar información debiendo los mismos ser atendidos de manera pronta y oportunamente.
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ETICA PÚBLICA.

Es la promoción en los servidores públicos de una cultura ética basada en principios valores y conductas que permitan en desarrollo de la gestión pública más plena y armónica posible. Para ello la Unidad de Transparencia del Ministerio de Gobierno, deberá socializar el Código de Ética del Ministerio.
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CONTROL SOCIAL.

Se entiende como Control Social de la Gestión Pública a los mecanismos o medios de seguimiento y participación activa de toda persona individual o colectiva en los procesos acciones y resultados que desarrollan las instituciones del Estado para el logro de sus objetivos. La Unidad de Transparencia del Ministerio de Gobierno, promueve este derecho a través de las Audiencias de Rendición de Cuentas, con la participación de los ciudadanos.

RENDICION PÚBLICA DE CUENTAS.

Se entiende por Rendición Pública de Cuentas a la acción de toda institución de poner a consideración de la ciudadanía los resultados obtenidos en la gestión así como el cumplimiento de compromisos asumidos con los actores sociales involucrados y sociedad civil en general. Al respecto la Unidad de Transparencia del Ministerio de Gobierno, generará mecanismos de difusión pública a fin de comunicar a todos los actores sociales los beneficios y oportunidades de la participación en las Audiencias de Rendición Pública de Cuentas, en cuyo ámbito podrán conocer los objetivos a cumplir por cada Dirección y Unidad del Ministerio, pudiendo realizar recomendaciones y sugerencias acorde a sus necesidades.
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LUCHA CONTRA LA CORRUPCION.

Se entiende como corrupción, al requerimiento o la aceptación, el ofrecimiento u otorgamiento, directo o indirecto de un servidor público, una persona natural o jurídica nacional o extranjera, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas, o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad, a cambio de la acción u omisión de cualquier acto que afecte a los intereses del Estado. Desde el concepto que antecede la Unidad de Transparencia del Ministerio de Gobierno, está procediendo a la recepción de denuncias sobre supuestos hechos de corrupción y posterior tramitación de las mismas a objeto de remitir a la autoridad competente cuando corresponda, evitando de esta manera la impunidad.
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SOLICITUD DE INFORMACION.

Las solicitudes de información podrán ser verbales o escritas, éstas se presentaran ante la instancia encargada de recepción de correspondencia del Ministerio; esta a su vez las remitirá a la instancia competente para su atención, para su procesamiento y respuesta oportuna.
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